Seguros de caución para Aplazamiento de Impuestos (AEAT)

¿Quieres realizar un aplazamiento del pago de tus impuestos a la AEAT?

Tramitamos el seguro de caución o garantía de aplazamiento de impuestos.

¿Qué es y para qué sirve?

Un aplazamiento de impuestos es un acuerdo de financiación entre un contribuyente (autónomo, empresa o particular) y la Agencia Tributaria (Hacienda). Hacienda te autoriza legalmente a retrasar el pago de tus deudas fiscales o a fraccionarlas en cuotas mensuales en lugar de abonarlas de golpe en la fecha de vencimiento original.

Hacienda te autoriza legalmente a retrasar el pago de tus deudas fiscales o a fraccionarlas en cuotas mensuales en lugar de abonarlas de golpe en la fecha de vencimiento original.

De acuerdo con la normativa tributaria (Orden HFP/311/2023), si el importe total de las deudas fiscales a aplazar supera los 50.000 € (sumando el nuevo aplazamiento a los que ya tengas vigentes), la AEAT exige obligatoriamente la presentación de una garantía o aval.

Según art 46 del Reglamento General de Recaudación, se pueden aplazar los impuestos tanto en periodo voluntario de pago, como en fase ejecutiva.

PERIODO VOLUNTARIO:

• Solicitud dentro del plazo legal de pago
• La solicitud impide que se inicie el periodo ejecutivo y la vía de apremio (embargo)
• Debiendo abarcar los intereses de demora que se vayan a devengar durante todo el plazo de aplazamiento/ fraccionamiento, y un 25% adicional sobre la suma de ambos

PERIODO EJECUTIVO DE PAGO

• Solicitud cuando el plazo de pago legal ya ha vencido.
• Se puede solicitar en cualquier momento de la vía ejecutiva ANTES del embargo de bienes.
• La solicitud no suspende la vía de apremio
• Debiendo abarcar el importe de la deuda aplazada incluido el recargo que corresponda según el momento (puede ser el recargo ejecutivo del 5%, el recargo de apremio reducido del 10% o el recargo de apremio ordinario del 20%), los intereses de demora y un 5% adicional sobre la suma de ambos

Proceso de emisión/Documentación

1º EMISIÓN DE LAS CARTAS DE COMPROMISO

Compromiso por parte de la aseguradora de la emisión de la garantía en caso de aprobación del aplazamiento por parte de la aseguradora. Momento en el que se paga el coste a la aseguradora.

Documentación en esta fase:

  • Documentos de la deuda a aplazar (liquidaciones, recibos, modelo…).
  • Indicar el nº cuotas a aplazar o fraccionar.
  • Certificados de estar al corriente con la SS y AEAT
2º CONCESIÓN POR PARTE DE LA AEAT DEL APLAZAMIENTO

Desde la presentación de la solicitud hasta la resolución definitiva, la AEAT tiene hasta un máximo de 6 meses para dar respuesta. Con silencio administrativo NEGATIVO. En la práctica, suele tardar 1 mes aprox si la documentación es correcta.

Documentación en esta fase:

  • Autorización de la administración
3º EMISIÓN CERTIFICADOS DEFINITIVOS

Una vez se tenga la aprobación del aplazamiento por la AEAT, calendario de pagos, vencimientos…

Ventajas del Seguro de Caución frente al Aval Bancario

Aspecto Seguro de Caución (Credicand) Aval Bancario
Capacidad Crediticia (CIRBE)
No computa en CIRBE. No limita tus préstamos o pólizas.
Consume tu riesgo bancario.
Liquidez y Tesorería
No inmoviliza capital ni requiere pignoraciones.
Suele requerir pignoración de fondos.
Agilidad
Emitimos la Carta de Compromiso requerida por la AEAT.
Trámites bancarios habitualmente más lentos.
¿Qué deudas se pueden aplazar y en qué momento?

1. Fases del proceso de solicitud:

  • En Periodo Voluntario: La solicitud se realiza dentro del plazo legal de pago de la liquidación o modelo. Al solicitarlo a tiempo, se frena el inicio del periodo ejecutivo y se evitan embargos.
  • En Periodo Ejecutivo: Se puede solicitar cuando el plazo ya ha vencido (antes del embargo de bienes). Aplican los recargos correspondientes de la vía ejecutiva (5%, 10% o 20%).

2. Deudas No Aplazables (Exclusiones de la Ley General Tributaria):

Por imperativo legal, la Agencia Tributaria no permite fraccionar:

  • Retenciones e ingresos a cuenta (Modelos 111, 115, 123…).
  • IVA repercutido ya cobrado (Modelo 303).
  • Deudas en procesos de concurso de acreedores.

Analizamos el riesgo con documentación económico financiera del solicitante y una previa valoración del impuesto en sí y el importe aplazar, en caso favorable

Tramitamos el seguro de caución o garantía de aplazamiento de impuestos en tres pasos:

  • Emisión de la Carta de Compromiso: Analizamos la deuda y emitimos de forma ágil la Carta de Compromiso formal que deberás presentar ante la AEAT para tramitar tu solicitud. Momento en el que se cobra la posible garantía.
  • Concesión por la AEAT: La Agencia Tributaria evalúa el expediente y aprueba las cuotas y calendario de pagos. (Desde la presentación de la solicitud hasta la resolución definitiva, la AEAT tiene hasta un máximo de 6 meses para dar respuesta. Con silencio administrativo NEGATIVO. En la práctica, suele tardar 1 mes aprox si la documentación es correcta).
  • Certificado Definitivo de Caución: Con la resolución oficial, emitimos el certificado de seguro definitivo adaptado al importe final exigido por Hacienda.

Documentación necesaria para el estudio

Para estudiar la viabilidad de la operación y emitir tu Carta de Compromiso, únicamente necesitamos:

LEGISLACIÓN QUE AMPARA LOS APLAZAMIENTOS DE IMPUESTOS

Ley 58/2003 General Tributaria (LGT) - Art. 65 y 82:

Define el derecho legal a solicitar el aplazamiento ante dificultades de tesorería y regula de forma estricta los requisitos para la aportación de garantía

Reglamento 939/2005 de Recaudación (RGR) - Art. 44 a 54:

Establece el procedimiento operativo paso a paso. El artículo 48 detalla la fórmula exacta de cobertura: principal adeudado, intereses de demora y un 25% de recargo preventivo.

Orden HFP/311/2023

La pieza clave de agilización administrativa moderna. Elevó el umbral exento de garantías financieras desde los anteriores 30.000 € hasta los actuales 50.000 €.

Cada empresa y cada proyecto son únicos. Analizamos cada caso y cada solicitud de manera totalmente individualizada para ofrecerte la viabilidad que mejor se adapte a tu situación.